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Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)


Escuela de Negocios
Contabilidad Empresarial

Materia
Auditoria Interna

Tema
Normas Internacional de Información Financiera (NIIF)

Facilitador
Leonardo Martínez

Presentado por

******************

Santiago de los Caballeros
26 de Junio 2010




NIIF: Normas Internacionales de Información Financiera

Introducción
Uno de los problemas que se plantea al interpretar la información financiera es la falta de un criterio internacional a aplicar. Existe diversidad de normas contables. Esto genera diversos problemas, principalmente:

• La imposibilidad de establecer una comparación entre dos estados financieros. En consecuencia los datos obtenidos pueden llegar a perder algo de credibilidad.

• El sobrecoste que supone para las empresas internacionales la aplicación de diferentes normas, según cada país, para la presentación de su información financiera.

Con el fin de poner fin a estos problemas y aumentar a la vez la transparencia de la información, el IASC (Internacional Acounting Standards Comité) en 1995 firmó con la IOSCO (Organización internacional de los organismos rectores de Bolsas) un acuerdo mediante el cual se comprometían a revisar las NIC (Normas internacionales de Contabilidad) con el fin de que fueran empleadas por las empresas que cotizaban en bolsa.
A consecuencia la Unión Europea aprobó un reglamento con el que la aplicación de las normas fuera una realidad a partir de l de Enero de 2005.

Los objetivos que se establece la IASB son “desarrollar estándares contables de calidad, compresibles y de cumplimiento forzoso, que requieran información de alta calidad, transparente y comparable dentro de los estados financieros para poder tomar decisiones en función de estos”.Esto es muy importante que sea así y que se cumpla porque hay mucha gente detrás de esa información que depende de ella para su trabajo, como:

• Los propietarios de la empresa en primer lugar, para conocer la evolución del negocio y si este es rentable.

• La administración para conocer en que necesita mejorar y llevar a cabo la toma de decisiones en consecuencia.

• Los acreedores porque necesitan saber la liquidez de la empresa, y si puede cumplir con sus obligaciones.

• El estado debido a que debe recaudar sus impuestos en función de esos datos.
En la actualidad son ya muchos los países que se han sumado a la aplicación de las NIIF para sus empresas independientemente del tamaño de sus empresas. Entre ellos están los veinticinco países miembro de la UE, y en América: Colombia, México, Estados Unidos, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, Panamá, Perú y Republica Dominicana. Otros como Japón, Singapur, Australia y en Febrero China también se unieron.

Las NIIF Silvia
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS en inglés), son un conjunto de estándares e interpretaciones emitidas por el IASB y patrocinadas por la IFAC, ente que aglutina los contadores del mundo.

Estos estándares se dirigen principalmente a la presentación de los estados financieros de compañías que cotizan en mercados de valores. Sin embargo, su aplicación se ha ido ampliando a todo tipo de entidades alrededor del mundo.

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) son un conjunto de Normas, leyes y principios que establecen la información que se deben presentar en los estados financieros y la forma de cómo se debe presentar esta información en dichos estados.

Diferentes necesidades de los usuarios y consideraciones
costo-beneficio

Al establecer normas sobre la forma y el contenido de los estados financieros con propósito de información general, las necesidades de los usuarios de los estados financieros son primordiales. FC45 Los usuarios de los estados financieros de las PYMES pueden tener menor interés en cierta información de los estados financieros con propósito general preparados de acuerdo con las NIIF completas que los usuarios de los estados financieros de entidades cuyos títulos están registrados para cotizar en bolsa o que tienen otro tipo de obligación pública de rendir cuentas.

Por ejemplo, los usuarios de los estados financieros de las PYMES pueden tener un mayor interés en los flujos de efectivo a corto plazo, la liquidez, la fortaleza del balance y la cobertura de los intereses, y en la tendencia histórica de resultados y cobertura de intereses y no sobre información que pretende ayudar a la realización de previsiones sobre los flujos de efectivo a largo plazo, los resultados y el valor de una entidad.

Sin embargo, los usuarios de los estados financieros de las PYMES pueden necesitar alguna información que habitualmente no se presenta en los estados financieros de entidades cotizadas. Por ejemplo, como una alternativa a los mercados públicos de capitales, las PYMES a menudo obtienen capital de sus accionistas, administradores y proveedores, y los accionistas y administradores a menudo pignoran activos personales para que la PYMES pueda obtener financiación bancaria.

Las PYMES
Las PYME son Pequeñas y Medianas Empresas, con un número no muy grande de trabajadores, y con una facturación moderada.

En diversos países, estas empresas son consideradas, como el principal motor de la economía. Y es que en muchos casos, las PYME, son las empresas, que más empleo generan dentro de una nación. Y es muy sencillo, tomar nota del por qué. En toda nación, la mayoría de las empresas no pueden ser grandes corporaciones o holdings.

De hecho, lo antes mencionado, ocurre en todos los países del globo; en España, por ejemplo las PYME constituyen más del 99% de las compañías. Es así, como un importante espacio del mercado, es cubierto por medio de estas empresas. Y no sólo nos referimos en cuanto la oferta que puedan llegar a proporcionar dichas PYMES. Sino que principalmente, las fuentes de trabajo que ofrecen a la comunidad.

En España, las PYME generan el 67% del empleo. En Chile (nación con altos estándares de libertad y competitividad económica), las PYMES significan el 80% de la oferta de mano obra, dentro del país.

El objetivo de la Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para las PYMES

Las NIIF están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósito de información general y en otras informaciones financieras de todas las entidades con ánimo de lucro. Los estados financieros con propósito de información general se dirigen hacia las necesidades de información comunes de un amplio espectro de usuarios, por ejemplo accionistas, acreedores, empleados y público en general. Los estados financieros con propósito de información general son aquéllos que pretenden atender las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información.

Los estados financieros con propósito de información general suministran información sobre la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de una entidad. FC50 La determinación del resultado fiscal requiere estados financieros con propósitos de información especial diseñados para cumplir con las leyes y regulaciones fiscales de una determinada jurisdicción. De forma similar, el resultado distribuible de una entidad está definido por las leyes y regulaciones del país u otra jurisdicción en la que esté domiciliada.

FC51 Las autoridades fiscales a menudo también son usuarios externos importantes de los estados financieros de las PYMES. Casi siempre, las autoridades fiscales tienen el poder de demandar cualquier información que necesiten para cumplir con su evaluación fiscal legal y su obligación de recaudar.

Las autoridades fiscales a menudo consideran los estados financieros como el punto de partida para determinar las ganancias fiscales, y algunas cuentan con políticas para minimizar los ajustes al resultado contable con el propósito de determinar las ganancias fiscales.

No obstante, las normas contables globales para las PYMES no pueden tratar la información fiscal en jurisdicciones individuales. Pero el resultado determinado de conformidad con la NIIF para las PYMES puede servir como punto de partida para determinar la ganancia fiscal en una determinada jurisdicción a través de una conciliación que sea desarrollada fácilmente a nivel nacional. FC52 Una conciliación similar puede desarrollarse para ajustar el resultado medido por la NIIF para las PYMES con el resultado distribuible según las leyes y regulaciones nacionales.


Idoneidad de la NIIF para las PYMES para las entidades muy pequeñas – las “micros”

FC71 Algunos sostienen que no es realista diseñar una sola norma que puedan usar todas las entidades sin obligación pública de rendir cuentas, porque el intervalo de tamaños de este grupo de entidades es sencillamente demasiado amplio, desde entidades no cotizadas de gran tamaño con cientos o incluso miles de empleados a entidades “de tamaño micro” con menos de diez empleados. El Consejo no estuvo de acuerdo.

La NIIF para las PYMES está diseñada para entidades, independientemente del tamaño, a las que se les requiere o eligen publicar estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Los usuarios externos tales como prestamistas, vendedores, clientes, agencias de calificación crediticia y empleados necesitan tipos específicos de información pero no están en posición de exigir informes a medida para satisfacer sus necesidades específicas de información. Ellos deben contar con los estados financieros con propósito de información general. Esto es tan cierto para las “micros” como para las PYMES más grandes.

Los estados financieros preparados utilizando la NIIF para las PYMES pretenden satisfacer esas necesidades. FC72 Algunos de los que cuestionan si la NIIF para las PYMES será adecuada para las micros argumentan que muchas de estas entidades preparan los estados financieros exclusivamente para su presentación a las autoridades fiscales con el fin de determinar el resultado fiscal. Como se explica más detalladamente en los párrafos FC50 a FC52, al determinar el resultado fiscal (y también determinar el resultado legalmente distribuible) se requieren unos estados financieros con propósito especial, diseñados para cumplir con las leyes y regulaciones fiscales de una determinada jurisdicción.

FC73 Además, en el Consejo se destacó que, en muchos países se requieren las NIIF completas para todas o para la mayoría de compañías de responsabilidad limitada, incluyendo las micros. En el Consejo también se resaltó que muchos otros países permiten que las micros utilicen las NIIF completas. Como se mencionó en el párrafo FC48, más de 80 jurisdicciones han decidido que se deben requerir o permitir las NIIF completas a todas o la mayoría de las entidades, incluidas las micros. Si las NIIF completas han sido consideradas adecuadas para todas entidades, entonces la NIIF para las PYMES seguramente no será demasiado gravosa. La guía de la NIIF para las PYMES es clara y concisa. Dicha guía puede tratar algunas transacciones o circunstancias con las que normalmente no se encuentran las micro PYMES, pero el Consejo no cree que esto suponga una carga para éstas. La organización por temas de la NIIF para las PYMES facilitará al micro PYMES la identificación de aquellos aspectos de la norma que sean aplicables a sus circunstancias.

Los usuarios de los estados financieros de las PYMES preparados utilizando la NIIF para las PYMES

FC80 La NIIF para las PYMES está dirigida a entidades sin obligación pública de rendir cuentas que publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Los principales grupos de usuarios externos incluyen:

• Bancos que efectúan préstamos a las PYMES.

• Vendedores que venden a las PYMES y utilizan los estados financieros de las PYMES para tomar decisiones sobre créditos y precios.

• Agencias de calificación crediticia y otras que utilicen los estados financieros de las PYMES para calificarlas.

• Clientes de las PYMES que utilizan los estados financieros de las mismas para decidir si hacer negocios.

• Accionistas de las PYMES que no son también gestores de sus PYMES.


Aplicación de las normas y problemas para las PYMES
En primer lugar se pensó en la unificación de las normas exclusivamente para empresas cotizadas y grupos consolidados. A continuación su implantación será a nivel de todas las empresas.

En España se aplicaban las normas del Plan General de Contabilidad. Esto ha cambiado para algunas empresas y cambiará para otras en breve.

Los grupos consolidados que cotizaban en bolsa antes del 1 de Enero de 2005 debían aplicar las NIIF a partir de dicha fecha. Sin embargo los grupos consolidados que no cotizaban en bolsa entonces no tenían obligación de trabajar con ellas para el comienzo de año de 2005. Tenían un mayor plazo de tiempo pero también debían operar con ellas, pero una vez haber empezado no hay posibilidad de dar marcha atrás.

Las sociedades individuales que estaban en bolsa podían seguir aplicando las normas españolas obviando las NIIF, pero indicando en sus cuentas anuales las incidencias que tendrían las NIIF en ellas.

Para el resto de sociedades que no coticen en bolsa (entre ellas las PYMES), es decir la mayoría de empresas existentes, debían seguir aplicando las NIIF. Pero deben aplicarlas a partir de 2007. Pero a efectos prácticos se deben comenzar a trabajar con ellas desde comienzo de 2006. Aquí surge el gran problema para las PYMES. Dado que ya en 2007 se deben presentar los estados financieros acorde con las NIIF, las PYMES deben plantearse el trabajo desde 2006 con la nueva normativa.

• Por ejemplo las acciones que debería llevar a cabo una pyme para respetar las normas, en concreto la NIIF 1, serían:

• Preparar un balance de apertura en 2006 de acuerdo a las NIIF.

• Desde la apertura del ejercicio 2006, ejecutarlo mediante el Plan General de Contabilidad, pero paralelamente observar cualquier operación que se realice pueda verse tocada por alguna NIIF, para obtener el cierre ya en 2007 con las nuevas normas y poder establecer una comparativa con el ejercicio2006.

• A parte de esto se deberán crear sistemas de control de acuerdo a las NIIF.
Todo esto supondrá un esfuerzo extra para la pyme, porque puede ser que tenga que cambiar muchas cosas:

• Equipos informáticos y software.
• Reestructuración de los sistemas contables y su seguimiento.
• El formato de la información.
• La forma de gestión.
• La información dada al estado.
• Preparación del personal administrativo.
• Es posible que comparativamente con los datos de años anteriores salgan resultados algo diferentes, y pueda dar lugar a mal interpretaciones.


Listado de las NIIF:
• NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera.
• NIIF 2 Pagos basados en acciones.
• NIIF 3 Combinaciones de negocios.
• NIIF 4 Contratos de seguro.
• NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas.
• NIIF 6 Exploración y evaluación de recursos minerales.
• NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar.


Resumen de las NIIF
NIIF 1. Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera. (2004).

Esta norma regula que empresas deben aplicar las NIIF, los objetivos, el procedimiento a aplicar, las exenciones de aplicar alguna NIIF.

En cuanto al procedimiento esto es lo que dice la norma:”La entidad preparará un balance de apertura con arreglo a las NIIF en la fecha de transición a las NIIF. Este es el punto de partida para la contabilización según las NIIF. La entidad no necesita presentar este balance de apertura en sus primeros estados financieros con arreglo a las NIIF”. Es decir que se actuará desde un año antes acorde a las NIIF.

Respecto a las políticas contables esto es lo que se puede leer:”La entidad usará las mismas políticas contables de acuerdo a las NIIF. Estas políticas contables deben cumplir con cada NIIF vigente en la fecha de presentación de sus estados financieros en periodo de vigencia de las NIIF”.

En definitiva si una PYME por ejemplo debe presentar sus cuentas el próximo 31 de Diciembre (2006), pues debe hacerlo según el PGC, pero para el siguiente año ya debe presentar sus cuentas según la normativa vigente en ese momento (NIIF). Pero a su vez durante el ejercicio 2006 también tendrán sus cuentas según las NIIF,
Aunque no sea obligatorio, para de esta forma, poder establecer una comparativa para el próximo ejercicio de 2007.

NIIF 2. Pagos basados en acciones. (2004).
El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información financiera que ha de incluir una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones. Requiere a la empresa los efectos de las transacciones con acciones y los gastos asociados a la operación.
Va dirigido a todas aquellas transacciones con pagos basados en acciones liquidados en efectivo o mediante instrumentos de patrimonio en las que se reciba bienes o servicio a cambio.

La forma de actuar será la según dice la norma:”La entidad reconocerá los bienes o servicios recibidos en una transacción con pagos basados en acciones, en el momento de la obtención de dichos bienes o al recibir los servicios. La empresa reconocerá el incremento de patrimonio neto, si los bienes o servicios hubiesen sido recibidos en una transacción con acciones de por medio”.

Los mencionados patrimonios adquiridos en la transferencia mediante acciones deberán reflejarse en la parcela de patrimonio por su valor razonable. Si dicho valor razonable no pudiera ser estimado con fiabilidad la empresa determinará su valor. Valor razonable es la cantidad por la cual puede ser intercambiado un activo entre un comprador y un vendedor debidamente informados, o puede ser cancelada una obligación entre un deudor y un acreedor con suficiente información, que realizan una transacción libre.

En definitiva, se puede decir que es atribuir al patrimonio el valor de mercado y no el de adquisición. Esto supone que una empresa debe revisarlo anualmente, y consecuentemente puede ser que una PYME en nuestro caso obtenga beneficios o pérdidas por este concepto. Esto se aplica en algunas NIC, el concepto de valor razonable para sus activos.
NIIF 3. Combinaciones de negocio. (2004).

El fin de esta norma es aclarar la información financiera que debe ser dada por una empresa cuando tenga una combinación de negocios. Va destinado a negocios conjuntos o combinaciones de negocios entre entidades. Todo este tipo de organizaciones se contabilizarán mediante el método de adquisición.

El método de adquisición consiste en lo siguiente:
• Identificación de la empresa adquiriente. Según la misma norma se define como empresa adquiriente a la que toma el mando del conjunto de entidades.

• Valoración del coste de la combinación de negocios.

• Distribución en la fecha de adquisición del coste de la combinación de negocios entre los activos adquiridos, y los pasivos asumidos.

Según la misma norma se define como empresa adquiriente a la que toma el mando del conjunto de entidades.

Respecto a la valoración del coste de la combinación de negocios corresponde a la empresa adquiriente. Ese coste se obtendrá de la suma de los valores razonables de los activos entregados y los pasivos asumidos. Además de los costes directamente ocasionados por la operación de negocios.

Posteriormente, la entidad adquiriente también tiene la responsabilidad de distribuir esas cuentas según la forma que establecen las normas, pero interfieren varias y son de compleja interpretación. Corresponderían a un estudio más exhaustivo.

Esta reemplaza a la NIC 22.
NIIF 4. Contratos de seguro. (Marzo de 2004).
El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información que de be dar una empresa a cerca de los contratos de seguro. Esta norma va destinada a la empresas que tengan un contrato de seguro, es decir todas prácticamente.

Esta dicha NIIF establece ciertas normas:
• Las compañías tienen que publicar en sus informes anuales mucha información adicional relativa a sus contratos de seguro, como por ejemplo el contrato.

• Se prohíben las provisiones de estabilización y catástrofes. Al parecer esta era una práctica común en países en los que las catástrofes naturales son cotidianas. De esta forma absorbían parte del impacto producido en sus cuentas por la catástrofe.

• Algunas opciones y garantías integradas del contrato de seguro están sujetas al valor razonable también.

Esta norma será de gran impacto sobre las empresas aseguradoras puesto sus activos financieros en el que se concentra la base de las aseguradoras, se contabilizaran por el valor razonable y no por el valor histórico como se venia haciendo. Según los entendidos esto supondrá un fuerte cambio que dará lugar a cambios en las estrategias de gestión de dichas empresas.


NIIF 5. Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas. (2004).

La norma define los activos que cumplen con el criterio para ser clasificados como mantenidos para la venta.

La medición de dicho valor será al más bajo entre su valor neto y su valor razonable, menos los costes de venta y su depreciación a fecha de anulación del activo.

Una empresa clasificará a un activo no corriente como mantenido para la venta, si su importe se recuperará fundamentalmente a través de una transacción de venta.

Con esta NIIf queda derogada la N IC 35 (Explotaciones en interrupción definitiva).
NIIF 6. Exploración y evaluación de los recursos minerales. (2004).

EL objetivo de esta NIIF es especificar la información financiera relativa a la explotación y la evaluación de los recursos minerales.

Lo más destacable de la norma es:
• Exige algunas mejoras contables para los desembolsos relacionados con la exploración y evaluación.

• Pide que las empresas que reconozcan activos para la exploración y evaluación realicen una comprobación del deterioro del valor de los mismos mediante el procedimiento que marque la propia NIIF. Aquí entra en acción la NIC 36 a su vez (Deterioro del valor de los activos).

• También se solicita que la información referente a la exploración y evaluación de recursos minerales, sea revelada. Y los importes que surjan.

En definitiva esta norma marca la devaluación de los activos obtenidos de estudios realizados sobre los recursos minerales.

NIIF 7. Instrumentos financieros. Información a revelar. (2005).
Esta norma fue publicada en Agosto de 2005, y reemplaza a la NIC 30 (Informaciones a Revelar en los Estados Financieros de Bancos e Instituciones Financieras Similares)
En primer lugar hay que decir que los instrumentos financieros son instrumentos de financiación, bancarios y no bancarios, que canalizan el ahorro hacia la inversión y facilitan el acceso de la empresa a recursos financieros necesarios para el desarrollo de proyectos de inversión.

La norma pretende que se conozcan los riesgos de la financiación, y el rendimiento obtenido a dicha financiación.

Esta es la información financiera que debe revelar una empresa en sus cuentas:
• el significado de los instrumentos financieros para la posición financiera y la función de la empresa.

• información cualitativa y cuantitativa acerca de los riesgos que provienen de los instrumentos financieros. Las informaciones cualitativas describen objetivos, políticas y procesos de la administración, para gestionar esos riesgos. Las informaciones cuantitativas dan información sobre la extensión en la que la entidad está expuesta al riesgo, basada en información provista internamente a los administrativos de nuestra empresa.

Entre los datos cualitativos y cuantitativos se puede uno llegar a hacer una idea real de los instrumentos financieros de la empresa.

Comparativa PGC-NIIF
No es fácil establecer una comparativa entre los dos tipos de normativa, simplemente se puede decir que son diferentes. Pero cabe destacar una diferencia importante: la importancia otorgada por las NIIF por dar un mayor nivel de información y más claro con el fin de poder tomar decisiones en el futuro en función de la información obtenida.

Sin embargo, en defensa del PGC aprobado en el 90 hay que decir que lleva incluidas las NIC aprobadas hasta el momento por el IASB.

Para unos expertos que tienen que trabajar con dichas normas, estas resultan la “evolución lógica hacia la homogeneidad y la convergencia en Europa y en el mundo”. En cambio, muchos otros opinan que las NIIF chocan con los principios del PGC.

Sin llegar a conocer a fondo la materia, bajo mi punto de vista parece lógico y coherente con lo que la UE persigue, que se pretenda unificar criterios contables. De esta forma yo creo que también se consigue que la economía sea mas como una ciencia, porque la ciencia también ha conseguido obtener criterios únicos, excepto salvedades como el sistema anglosajón.

Incluso creo que hoy en día la unificación de normas es muy necesaria para las multinacionales, porque si no cómo se podrían interpretar los resultados obtenidos.

Lo que me resulta mas novedoso es el concepto de valor razonable, en sustitución del antiguo concepto aplicado de valor histórico. En mi opinión, hace que la información presentada se acerque más a la realidad, para el caso de inmuebles que algunas PYMES poseen para oficinas u otros usos. En esta época es evidente que el valor real de un activo de este tipo no corresponde con el histórico, sabiendo que el incremento medio del precio de la vivienda se sitúa en torno al 10% anual.


Conclusión

Las NIIF ó Normas Internacionales de Información Financiera son elaboradas desde 1973 por el IASC (Comité de Normas Internacionales de Contabilidad) posterior IASB desde 2001 (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) en aras a desarrollar normativa clara y de fácil aplicación en lo referente a las normas de valoración aplicables a cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas sociales, bancos y otras entidades financieras.

Las NIC - Normas Internacionales de Contabilidad, son en definitiva un conjunto de normas que establecen la información que debe presentarse y cómo ha de presentarse en los estados financieros y contables.

La Fundación está administrada por 19 miembros de diversas procedencias: 6 norteamericanos, 6 europeos, 4 asiáticos y 3 de cualquier otra región del mundo. Además, su formación debe ser multidisciplinaria: 5 contadores, un representante de organismos internaciones, un representante de los usuarios, un académico y 11 escogidos por elección.


Bibliografía

• NIIF para las PYMES Fundamentos de las Conclusiones-2009. Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB® )

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